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Sociedad

Vuelven a la presencialidad los empleados estatales: ¿Cuáles son los requisitos?

Trabajadores Estatales

El Gobierno nacional, con Alberto Fernández a la cabeza, formalizó este martes los requisitos para la vuelta al trabajo presencial de los empleados estatales. Será a partir del 1° de septiembre próximo, en línea con el avance de la campaña de vacunación contra el coronavirus y el descenso de los casos positivos.

Así lo indica la resolución 91/2021, firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Castellani. La misma fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial. La norma comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública del país.

Los principales puntos de la resolución

  • Serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial "los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19", autorizadas en la Argentina.
  • La convocatoria será independiente de la edad y la condición de riesgo. Sin embargo, deberán haber transcurrido 14 días de la primera inoculación.
  • La modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente. Pero deberá tener por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento.
  • Las oficinas de recursos humanos de los distintos organismos y jurisdicciones deberán solicitar a quienes fueren convocados, el correspondiente Certificado de Vacunación. A este podrán acceder desde la aplicación Mi Argentina.
  • Las personas que sean citadas en forma fehaciente para realizar trabajo presencial y no lo cumplan "serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable".
  • Están exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial "sólo los empleados con inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos, con HIV, y trasplantados, y a las personas gestantes".

Qué pasa con los empleados estatales que decidan no vacunarse

  • Aquellas personas que decidan no inocularse igualmente serán convocados al trabajo presencial, pero se les impone el "deber de actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad, o su equivalente en cada organismo, a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión".
  • ¿Qué pasa si deciden "continuar con la decisión de no vacunarse"? Deberán firmar una nota con carácter de Declaración Jurada, expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios". "Así evitarán los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo".
  • Asimismo, se señala que “se alcanzaron altas coberturas de vacunación con una dosis”. “La evolución de la pandemia mostró un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”. Por este motivo “resulta necesario brindar pautas reglamentarias para éste nuevo período de presencialidad programada”.

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