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Economía

A partir del 1° de enero 2023 sube el piso de Ganancias a $404 mil

impuesto a las ganancias

Las y los trabajadores en relación de dependencia que ganen $404 mil brutos o más a partir del 1° de enero deberán empezar a tener en cuenta el Impuesto a las Ganancias en sus recibos de sueldo. El número surge tras la difusión del acumulado anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que actualiza cada año los parámetros del gravamen patrimonial.

La variación interanual entre octubre de 2021 y el mismo mes de este año fue de un incremento de 78,83%. Así que ese es el porcentaje en el que subirán contra el año previo, tanto el umbral desde el que se tributa como las escalas de deducciones.

Este nuevo monto implica un aumento del 22,42% por encima del actual piso, que está $330 mil y rige para los dos últimos meses del 2022. Este año, el Gobierno aumentó tres veces el piso de Ganancias: la primera por la actualización anual y luego en dos oportunidades ante la alta inflación.

Aunque todavía resta que desde el Poder Ejecutivo oficialicen la escala con el monto de $404 mil. La actualización del inicio del año no solo incluye la suba de mínimo no imponible (MNI) y la deducción especial que eleva el umbral desde el que se tributa, sino también las principales deducciones que puede hacer el contribuyente para atenuar la carga impositiva y las escalas.

La remuneración que será alcanzada por esta variación no es la que se cobra en enero por el trabajo realizado en diciembre, sino la que los empleadores abonan por el trabajo realizado en enero.

También se actualizan montos de las deducciones y escalas del impuesto a las Ganancias en enero. Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, en diálogo con TN.

  • Ganancia no imponible: $451.683,19;
  • Cargas de familia con máximo de entradas netas: 451.683,19;
  • Cónyuge o conviviente: $421.088,24:
  • Hijos de hasta 18 años: $212.356,37:
  • Hijo o hijastro incapacitado para el trabajo: $424.712,74:
  • Deducción especial art 82:
  • Empleados: $2.168.079,31;
  • Autónomos: $1.580.891,17;
  • Art. 53 (Tercera categoría): $1.580.891,17;
  • Nuevas profesiones o nuevos emprendedores: $1.806.732,76;
  • Gastos de educación: $180.673,28;
  • Gastos de sepelios: $996,23;
  • Intereses de créditos hipotecarios: $20.000,00
  • Personal de Casas Particulares: $451.683,19;

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