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Política

Empresa criminal, asociación ilícita y lawfare, los puntos centrales de los fundamentos de la condena a Cristina

Cristina Kirchner

El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 publicó hoy los fundamentos de la condena contra la vicepresidenta Cristina Kirchner por la causa Vialidad. El pasado 6 de diciembre, la titular del Senada fue sentenciada a 6 años de prisión e inhabilitación en forma perpetua a ejercer cargos públicos como "autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".

Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso distribuyeron hoy la resolución de 1616 carillas donde concluyeron que entre 2003 y 2015 hubo "manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez". "La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad", señalaron

En este sentido, los magistrados escribieron: "Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner".

Promiscua confusión y acuerdos espurios

"Hemos visto una promiscua y absoluta confusión entre ambas esferas, marcada por acuerdos espurios entre las personas interesadas -con claras notas distintivas de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial y visos propios de los delitos económicos- tendientes a asegurar los beneficios pecuniarios a favor de los nombrados de acuerdo a su naturaleza y entidad", señalaron en la resolución.

Puntualizaron que "la integración de esta organización criminal tuvo como jefes a los ex primeros mandatarios Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández, y como organizadores al ex Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Julio Miguel De Vido, al ex Secretario de Obras Públicas José Francisco López, al ex Subsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner, al ex Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Guillermo Periotti, al amigo personal y socio comercial de los ex Presidentes, Lázaro Antonio Báez, entre otras personas".

No hubo asociación ilícita

En cuanto al delito de asociación ilícita dos de los integrantes del Tribunal, Gorini y Giménez Uriburu, concluyeron que "no ha podido demostrarse" y en disidencia sobre este punto votó Basso. Los jueces evaluaron que no se probó la existencia de una "pluralidad de planes delictivos indeterminados y, en razón de la tesis fiscal vinculada a esa pluralidad, a la cantidad de personas que habrían integrado la organización".

Además, en relación a la vinculación de la causa Vialidad con otras dos en trámite, remarcaron que, "del cotejo de personas imputadas en las causas Los Sauces y Hotesur con aquellas que lo fueron en autos, sólo Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez coinciden dentro de la totalidad de los aquí justiciables". Esto no se correspondería con el delito de asociación ilícita que contempla el accionar de al menos tres personas en común.

El rechazo al "lawfare" contra Cristina Kirchner

Por último, los jueces rechazaron el término "lawfare" como concepto. "Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece sólo como una nueva teoría conspirativa" y "una coartada para eludir" las acusaciones, indicaron.

Tras la publicación de los fundamentos, se abrió el plazo de diez días hábiles para que tanto la defensa de CFK como la querella presenten las apelaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal federal del país. La instancia de revisión determina que el veredicto no se cumpla hasta que quede firme y esa instancia podría darse ante la Corte Suprema de Justicia, que no tiene plazos para resolver.

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