Mientras la CGT y las organizaciones sociales se movilizan a Congreso contra el DNU de Milei, la Justicia rechazó la cautelar que presentó la CGT contra el mega decreto porque "todavía no se encuentra vigente".
La medida estuvo a cargo del juez laboral José Ignacio Ramonet, quien rechazó la cautelar interina que planteó la Confederación General del Trabajo (CGT) en un amparo para detener las modificaciones en los derechos laborales que dictó el gobierno de Milei en el DNU 70/2023.
La explicación del juez para rechazar la cautelar dice: "En el supuesto traido a resolver, en el que se cuestiona la constitucionalidad del DNU 70/2023 en general, y de los aspectos laborales de dicho decreto en particular, y teniendo en cuenta que todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC), no encuentro que se den razones “graves y objetivamente impostergables” (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar “interina”, considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia, y que, de hacerlo solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación".

Ramonet también expresó que "de entrar en vigencia, habría derechos colectivos afectados -como por ejemplo lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-, pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se especifica".
En el amparo de la CGT critica el título IV del DNU en el que se derogan leyes laborales y se hacen modificaciones a otras, bajo el pedido de inconstitucionalidad. La asociación gremial buscó que, a través de una cautelar, se suspenda la entrada en vigencia del DNU.
El juez hizo hincapié en que su rechazo se debe a que todavía no entró en vigencia: "Lo expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter interino".
Por otra parte, el juez también solicitó que el Congreso se encargue rápido del tratamiento de validación o no del DNU, sobre el que dijo que la entrada en vigencia debería ser en un plazo de 8 días desde su publicación: "Dada la enorme trascendencia y afectación de distintos derechos que el DNU 70 /23 traería aparejado, y toda vez que, hasta el momento del dictado de la presente resolución, no se vislumbra que pueda constituirse la Comisión Bicameral, y que, además, el plazo constitucional para que el jefe de gabinete eleve a consideración dicha Comisión es de 10 días (art. 99, inc. 3CN), mientras que la entrada en vigencia de la norma cuestionada sería a los 8 días de su publicación, resulta obvia la necesidad de que sea tratada en forma rápida".
Ramonet asumió la competencia para tratar el amparo de la CGT y le dio tres días a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Nicolás Posse, para que presente un informe que conteste la demanda que presentó la CGT.