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Política

La Ley Ómnibus de Milei incluye la prisión efectiva de los piqueteros

Entre otras cosas, como la reforma electoral, la Ley Ómnibus de Javier Milei agrava las penas para quienes corten las calles. Además, vuelve efectiva la prisión para quienes reciban la máxima pena, que es de más de tres años.

De esta forma, el texto modifica el artículo 194 del Código Penal, que estipula la pena para "aquel que sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas".

En la actualidad la norma establece que deberá cumplir de tres meses a dos años de prisión. Sin embargo, el proyecto que envió Milei al Congreso eleva esa pena de un año a tres años y medio. Gracias a esto, quienes reciban la pena máxima tendrán que cumplir prisión efectiva.

Quienes no tengan antecedentes penales o penas previas de prisión en suspenso o libertad condicional, la prisión es efectiva a partir de una condena de tres años. La pena se agrava si el piquetero porta un arma propia, impropia o si daña a la integridad física de las personas. En estos casos deberá cumplir entre dos y cuatro años de prisión.

Qué dice la Ley Ómnibus sobre los jefes de los movimientos sociales

Incluso, dentro de la Ley Ómnibus está incorporada la figura del organizador. "Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años. Incluso aunque no estén presentes en la manifestación o el acampe", explican.

En esa misma línea, para los jefes de los movimientos sociales corresponderá una pena de prisión o reclusión de tres a seis años si mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse.

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