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Política

La Corte Suprema ordenó que el Rey del Tabaco empiece a pagar impuestos

tabaco

La Corte Suprema de Justicia volvió a fallar contra la empresa de Pablo Otero, el Rey del Tabaco y Tabacalera Sarandí. Ahora tendrá que empezar a pagar el impuesto mínimo a los cigarrillos que se negó a abonar durante ocho años.

Al mismo tiempo, la Justicia avanzó sobre la cuestión de fondo, que tiene que ver sobre la constitucionalidad de ese impuesto, una disyuntiva planteada por Tabacalera Sarandí. La Procuración General deberá emitir un dictamen de rigor y los jueces podrán resolver de forma definitiva.

La Corte ordenó que empiece a pagar estos tributos y dio de baja la jugada legal que justificaba a Otero para no ponerse al día con estos pagos, a pesar de que el tribunal le revocó dos cautelares hace 15 días. El Rey del Tabaco se basa en el código procesal civil que dice que, teniendo dos sentencias favorables, se pude tomar esa decisión. Este es el caso de Otero, que ya contaba con dos fallos a favor en primera y segunda instancia.

En primera instancia, el juez Enrique Lavié Pico benefició a la empresa. Luego, los camaristas Jorge Morán y Marcelo Duffy fueron los que fallaron a su favor, integrantes de la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

Según el diario Clarín, Otero acumula cinco años de deuda valuada en 1.060 millones de dólares entre 2018 y 2023. Sin embargo, este monto podría ser mayor porque resta fiscalizar el período entre 2016 y 2018 y el último año. Por su parte, la Corte obliga al Rey del Tabaco a empezar a pagar de ahora en adelante el impuesto a los cigarrillos y también se habilita a que se ejecute la deuda anterior.

Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti apoyaron el fallo, mientras que Carlos Rosenkrantz se excusó ya que tiene un pasado como abogado de la tabacalera Massalin. La Corte tomó esta decisión después de una presentación de AFIP donde solicita que se deje sin efecto la sentencia del 14 de marzo de 2024 que dictó la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que le permitía llevar la ejecución adelantada a Tabacalera Sarandí, lo que significa habilitar a la empresa a seguir sin pagar este impuesto hasta que se expidiera el máximo tribunal.

La CSJ entendió entonces que debía tirar abajo ese fallo porque con su decisión, la Cámara "ha inhibido potestades fiscales por un monto excepcionalmente elevado alterando el efecto del recurso interpuesto por la apelante contra la sentencia de fondo, requiriendo para ello solamente la caución juratoria de la parte apelada”.

Otero había conseguido esquivar estos impuestos con una estrategia judicial que se basó en presentar cautelares. El empresario argumentaba que el impuesto mínimo al tabaco era algo expropiatorio e inconstitucional. Además, Tabacalera Sarandí sostuvo ante los magistrados que era una Pyme y que el monto de ese impuesto -cuya suma es fija- le impedía competir en el mercado al tener productos más baratos que las primeras marcas. El Rey del Tabaco había conseguido renovar las cautelares, evitar pagar el impuesto mínimo y gracias a esto convertirse en uno de los principales jugadores del mercado.

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