Con sutiles modificaciones pero la esencia intacta, el RIGI fue aprobado esta madrugada por los senadores en el marco del tratamiento particular de los apartados de la Ley Bases. Tras una sesión maratónica y marcada por los arreglos entre el Gobierno y los diferentes legisladores “dialoguistas”, la Cámara alta dio luz verde a un régimen ampliamente cuestionado por los beneficios excepcionales que entrega a las empresas.
El capítulo de Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) salió airoso de la sesión que se extendió entre la tarde de ayer y la madrugada de hoy en el Senado, con el llamativo voto a favor de tres senadores de Unión por la Patria: María Carolina Moisés (Jujuy), Guillermo Andrada (Catamarca) y Sandra Mendoza (Tucumán).
Cabe recordar que se trata de una serie de normas que da cuantiosos beneficios a los proyectos de inversión superiores a los 200 millones de dólares. Además, privilegia más aún a las llamadas “Exportaciones Estratégicas de Largo Plazo”, consistentes en inversiones superiores a los 1000 millones de dólares.

A grandes rasgos, el apartado implica un fuerte impulso a la exportación de recursos naturales otorgando a las empresas beneficios que no se podrán modificar en 30 años, mientras que el Estado sólo tendrá 45 días para aprobar los proyectos y podrá pedir especificaciones sobre los mismos una sola vez. Además, desde el tercer año de aprobada la propuesta, las empresas no tendrán que pagar ningún derecho de exportación, plazo que se reduce a dos años en el caso de las Exportaciones Estratégicas de Largo Plazo.
Viene al caso resaltar que esta exención aplica desde la aprobación y no desde la puesta en marcha efectiva de la actividad económica, con lo cual los proyectos recién podrían estar empezando a generar actividad en el país para el momento en que ya no deban dejar nada en él. Por otro lado, el RIGI regala a las compañías una rebaja de 10 puntos en el impuesto a las ganancias.
Originalmente, también las eximía de liquidar las divisas en el mercado de cambios, permitiéndoles disponer libremente de los dólares obtenidos de la actividad en nuestro país en el 20% de sus ventas al primer año, en el 40% desde el segundo año y en el 100% al tercero. Todos estos beneficios se adelantaban un año en el caso de las Estratégicas (+1000 millones de dólares). Lo único que se modificó en el Senado anoche fue el plazo. Ahora, las empresas podrán disponer del 100% de las divisas de su actividad a los cuatro años y a los tres en el caso de las Estratégicas.
La legislación ambiental y la soberanía provincial en materia de recursos naturales, en tanto, no vale nada para el RIGI, dado que según el artículo 163 ninguna provincia podrá aplicar leyes vigentes o crear nuevas normas que se choquen con los intereses de las empresas contempladas en el Régimen.
Entre las modificaciones introducidas ayer se cuenta, también, la inclusión de los proveedores locales. Las empresas contempladas deberán asignar al menos un 20% de su compra de insumos a proveedores locales "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad", condición que, por lo difusa, parece ir a morir en puras palabras.
Asimismo, se detalló cuáles serán las actividades contempladas por el RIGI: agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología. A pesar de la enorme incidencia sobre los bienes comunes naturales, el capítulo no contempla ninguna clase de requisito de protección ambiental ni de respeto a las comunidades que habitan los territorios sujetos a la explotación.
Finalmente, se cambió el artículo 205 para que las acciones, participaciones sociales o cuotas de los proyectos adheridos puedan transferirse sin necesidad de que las autoridades lo autoricen.