El 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, una fecha que reconoce a todos los que trabajadores que pertenecen a este sector. Sin embargo, este año el día de descanso fue trasladado, por lo que hoy los shoppings, supermercados y demás comercios funcionarán con normalidad.
Tras un acuerdo a lo definido por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector, que tienen la potestad de trasladar la celebración a otro día para garantizar un fin de semana largo, la jornada se pasará al lunes 30 de septiembre. Ese día sí se encontrarán cerrados los supermercados, comercios y shoppings de todo el país.
FAECYS indicó en un comunicado que “el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal”. Después, agrega que se involucra a “todos los trabajadores que desempeñen como empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones industriales en general, o que tengan boca de expendio de los productos que elaboran, y en las agropecuarias”.
El Día del Empleado de Comercio reconoce a los trabajadores que, más allá de las transacciones comerciales, son la cara visible del comercio, quienes brindan atención personalizada, asesoran a los clientes y contribuyen a que la rueda del mercado siga girando. Este día también conmemora la trayectoria de esta industria en el país, en recuerdo a la sanción de una ley, que estableció nuevos derechos laborales para sus colaboradores.
Por qué hoy se conmemora el Día del Empleado de Comercio
La fecha remite al 26 de septiembre de 1934, día en el que se dictaminó la ley n° 11.729, que dispuso las relaciones de trabajo del sector. Fue gracias a los esfuerzos de la Federación Argentina de Empleados de Comercios que se logró obtener estos avances. Gracias a esta lucha, se logró obtener mayores derechos laborales, licencia por enfermedades y accidentes e indemnización por despido, entre otros.
El 10 de diciembre de 2009 se sancionó la ley n° 26.541 que estableció esta fecha como el Día del Empleado de Comercio. Mediante su escrito se afirmaba que “los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”. Aquellos empleadores que soliciten a sus colaboradores presentarse a sus puestos de trabajo durante esta jornada, deberán abonar el doble, de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo.