El acceso a la ciudadanía italiana por derecho de sangre sufrió un drástico cambio que deja afuera a miles de descendientes de italianos en todo el mundo. Este viernes, el gobierno de Giorgia Meloni aprobó una reforma que restringe el "ius sanguinis", limitándolo únicamente a los hijos y nietos de ciudadanos italianos. La medida ya generó controversia, especialmente en países con una fuerte comunidad italiana como Argentina y Brasil.
A partir de ahora, quienes desciendan de bisabuelos italianos o generaciones anteriores ya no podrán tramitar la ciudadanía italiana de manera automática. Además, el decreto establece que los consulados dejarán de gestionar estos trámites, delegando la responsabilidad a una unidad especializada dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores italiano, con un plazo de hasta 48 meses para expedirse en cada caso.
Este endurecimiento de los requisitos responde a una realidad numérica que preocupa al gobierno italiano: en la última década, la cantidad de ciudadanos italianos en el exterior creció un 40%, alcanzando los 6,4 millones en 2024. En Argentina, uno de los países con mayor número de descendientes de italianos, el impacto será significativo, ya que solo en 2023 se otorgaron 30.000 ciudadanías.

Ciudadanía italiana: quiénes quedaron afuera con las nuevas restricciones
El nuevo decreto establece que solo los descendientes directos de primera o segunda generación, es decir, hijos y nietos de ciudadanos italianos, podrán obtener la ciudadanía automáticamente. Aquellos que quieran adquirirla por matrimonio ahora deberán residir al menos dos años en Italia, además de aprobar un examen de idioma, requisito que antes no era obligatorio si se tramitaba desde el exterior.
Para quienes no entran en estos criterios, las posibilidades de acceder a la ciudadanía italiana se ven seriamente reducidas. En Argentina, donde se estima que hay más de 25 millones de descendientes de italianos por apellido y 1.500.000 con ciudadanía reconocida, la medida representa un freno considerable a las solicitudes que se venían gestionando hasta ahora.

De este modo, quedaron afuera de la posibilidad de tramitar la ciudadanía italiana todas aquellas personas que no tengan al menos un padre, madre, abuelo o abuela nacidos en Italia. Este límite generacional no existía antes, cuando se podía obtener la nacionalidad comprobando un vínculo con alguien nacido en aquel país después de 1861.
Qué hacer
Para aquellos que ya iniciaron su trámite de la ciudadanía italiana, hay una luz de esperanza: la nueva norma no afectará a quienes hayan presentado su carpeta en el consulado o iniciado un juicio por vía materna antes de la entrada en vigencia del decreto. Según explicó a La Nación la abogada Graciela Cerulli, especializada en derecho internacional, quienes tengan su trámite en curso seguirán rigiéndose por la normativa anterior, incluso si aún no obtuvieron sentencia.
En cuanto a quienes todavía no iniciaron el proceso, la recomendación principal es enviar una carta documento al consulado italiano correspondiente, solicitando el reconocimiento de la ciudadanía por descendencia directa. Si bien esto no garantiza el acceso, puede servir como una medida preventiva mientras se analiza la validez del decreto en el Parlamento, ya que la norma aprobada tiene una vigencia inicial de 60 días y aún debe ser ratificada.

El panorama es incierto, pero los especialistas en ciudadanía italiana coinciden en que quienes deseen tramitar su nacionalidad deben actuar rápidamente y explorar todas las opciones legales disponibles antes de que la reforma se convierta en ley definitiva. En todo caso, es buena idea consultar con algún abogado experto en esta clase de trámites.