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Policiales

"Es una pena de por vida, no van a poder pedir la libertad condicional", aseguró la fiscal

Lucio Dupuy

Una de las fiscales que participó del juicio por el crimen del niño Lucio Dupuy aclaró hoy que, aunque el tribunal no haya dispuesto la accesoria por tiempo indeterminado, la prisión perpetua impuesta para las condenadas Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez “es una pena de por vida” porque por la gravedad del delito cometido, no tendrán la posibilidad de pedir la libertad condicional.

“Fiscalía y querella habían pedido también la imposición del artículo 52 que es la accesoria por tiempo indeterminado, pero lo que tienen que saber es que esta prisión perpetua que acaban de disponer los jueces es una pena de por vida, no tienen posibilidad de salir en libertad”, afirmó la fiscal Verónica Ferrero a la prensa, tras la lectura de la imposición de penas.

“El artículo 14 del Código Penal establece que no pueden pedir la libertad condicional bajo ningún término. transcurridos los 50 años, tampoco”, aseguró Ferraro, que logró la condena junto al doctor Máximo Paulucci. “Hay delitos que son muy graves, como el que cometieron las imputadas, por el cual no se otorga la libertad condicional”, siguió.

Al igual que el caso de los rugbiers que asesinaron a Fernando Báez Sosa, la condena se basa en el artículo 80 del Código Penal, que desde 2017 niega el pedido de salida anticipada. La única chance de las asesinas de Lucio es que sus defensas logren que este artículo sea declarado inconstitucional en instancias superiores. La Suprema Corte bonaerense, por ejemplo, rechazó planteos similares en varias ocasiones.

Con respecto al tiempo de la pena, la sentencia establece que “en conclusión, la reclusión por tiempo indeterminado”, una figura que había pedido el abogado Aguerrido “para los casos de multirreincidencia ha sido declarada inconstitucional en el precedente Gramajo; mientras que su aplicación a los supuestos del artículo 80 del C.P., ha quedado virtualmente derogada por la actual redacción de artículo 14 del Código Penal”.

La pena de prisión perpetua, más aún con la fisonomía que actualmente adquirió en el tramo de ejecución, es lo suficientemente representativa del gravísimo injusto cometido por las acusadas, debiendo imponerse la misma”, siguieron los magistrados.

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