Milei comunicó que designa por decreto a los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para integrar la Corte Suprema de Justicia. Su decisión llega mientas el Ejecutivo todavía no comenzó el período de sesiones extraordinarias.
La decisión de Milei de designar por decreto a Lijo y García Mansilla se publicó a través de un documento de la Oficina del Presidente. En él, el Gobierno criticó "la politización de la Justicia", que es "una de las principales causas de que los argentinos no tengan un servicio de Justicia que resuelva sus problemas", en una crítica indirecta al Ejecutivo por no aprobar las designaciones durante 2024.
Después de impulsar la candidatura de los dos magistrados y que no lograra que el Ejecutivo lo acompañe con los votos, Milei optó por la vía de gobernar por decreto y designará a Lijo y a García Mansilla para la Corte. Como argumento, tomó el Artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional, que le da esta atribución al presidente, según lo que explica el comunicado oficial.
"El Presidente ha tomado la determinación de designar en comisión a los doctores Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hasta la finalización del próximo período legislativo, con el objetivo de normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros", expresa el documento oficial.
Hasta ahora, la Corte Suprema reanudó la actividad después del receso de verano con solo tres integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La jubilación de Juan Carlos Maqueda, el 27 de diciembre del año pasado, dejó al tribunal achicado; situación que el Gobierno menciona como otro de los argumentos para la designación de Lijo y García Mansilla.
El Gobierno viene intentando nombrar a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como miembros de la Corte Suprema desde mayo del año pasado, cuando envió sus pliegos al Senado. Sin embargo, desde entonces fue incapaz de reunir los dos tercios necesarios para su aprobación.