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Política

El abogado Andrés Gil Domínguez analizó el paquete de leyes que Milei quiere aprobar en el Congreso

Andrés Gil Domínguez 2

El abogado del Área de Derecho Constitucional, Andrés Gil Domínguez, dialogó con Romina Manguel y el equipo de No Dejes para Mañana sobre la posibilidad jurídica de ciertas reformas que pretende implementar Milei durante su mandato presidencial.

El líder libertario y su equipo plantearon la necesidad de ingresar en el Congreso una ley ómnibus que, entre otras cosas, modifique el sistema electoral y delegue un conjunto de facultades al presidente para que pueda tomar decisiones sin pasar por el Congreso.

"La Constitución es muy clara, establece que se prohíbe al Poder Ejecutivo emitir cualquier tipo de disposición de carácter legislativo bajo pena y nulidad absoluta e insanable, que es la nulidad más fuerte que puede plantear la Constitución, salvo que existan circunstancias excepcionales que impidan que se siga con los trámites previstos por la Constitución para sancionar leyes y que no se trate de materia penal, tributaria y de partidos políticos electorales" explicó Milei.

En ese sentido, explicó que, en caso de que Milei busque gobernar mediante DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) aprobando medidas sin pasar por el Congreso, estas se podrían revertir una vez que las vote alguna de las cámaras legislativas y las rechace; o bien, por medio de una acción judicial.

Por otro lado, Gil Domínguez dijo que para cualquier modificación del sistema electoral "hay que reformar la Constitución Nacional". Así, aunque Milei envíe al Congreso una ley para modificar las elecciones, no podría hacerlo porque debería cambiar la letra de la Carta Magna.

Respecto a la posibilidad de que el Congreso vote una Ley de Emergencia para delegar en el presidente facultades legistalivas, Gil Domínguez aclaró que, en relación con temas de "emergencia pública", los congresistas pueden darle "al Poder Ejecutivo una facultad de cuasi legislación".

En ese caso, el presidente podría "cuasi legislar" en tales o cuales materias, y el Congreso "le da un plazo para el ejercicio de la misma". Además, explicó que, en ese caso, "todos los decretos delegados son controlados posteriormente por el Congreso y son validados o rechazados".

Sobre la justificación de los legisladores para otorgarle al presidente dichas facultades, el letrado dijo que "habría que ver", aunque expresó que podrían otorgarse las potestades para cuasi legislar en términos de "privatizaciones (de empresas), concesiones, determinadas alícuotas o la eliminación de impuestos".

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