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Política

Un fallo judicial limitó el alcance del impuesto a la riqueza

Máximo Kirchner

El Tribunal Fiscal de la Nación dictó un simbólico fallo que excluyó del cálculo del “Aporte Solidario y Extraordinario” (ASE), más conocido como “impuesto a la riqueza”, a un fideicomiso irrevocable que un contribuyente judicializó.

El tribunal sostuvo que los bienes transferidos a un fideicomiso irrevocable no pueden ser incluidos en la base imponible del tributo, ya que el constituyente pierde el control efectivo de los mismos. Según el fallo, la ley no distingue entre fideicomisos revocables e irrevocables, pero únicamente los bienes sobre los cuales el contribuyente conserva algún tipo de participación o control deben ser gravados.

El impuesto, impulsado por los diputados Máximo Kirchner y Carlos Heller durante la pandemia, buscaba recaudar fondos para paliar los efectos del Covid-19. Sin embargo, generó controversias desde su implementación, ya que en 2021 recaudó menos del 60% de lo proyectado y fue criticado por desalentar inversiones, llevando a que empresarios migraran hacia jurisdicciones como Uruguay.

Marcos Galperín, el empresario más acaudalado del país, se mudó a Uruguay para no pagar el controvertido impuesto.

El demandante basó su defensa en el principio de “capacidad contributiva” y el derecho de propiedad, argumentando que el fideicomiso irrevocable fue constituido en 2019, antes de la promulgación de la ley y fuera del “período de sospecha” definido por la normativa. El tribunal rechazará la hipótesis de maniobras elusivas, favoreciendo al contribuyente y dejando sin efecto el cobro del tributo por parte del fisco.

El fallo también resalta las contradicciones de la reglamentación del ASE, que en su artículo 3 exige incluir bienes de fideicomisos o fundaciones privadas en la declaración de los contribuyentes. Este precedente podría abrir la puerta a nuevas impugnaciones sobre el impuesto polémico que, desde su origen, estuvo en el centro del debate económico y político.

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