Con una amplia mayoría, la Cámara de Diputados le dio media sanción a los proyectos oficialistas que buscan endurecer el régimen jurídico para evitar la reiterancia delictiva e implementar el juicio en ausencia, cuyo objetivo es juzgar delitos graves sin la presencia de los acusados.
Ambas iniciativas fueron acompañadas por sus aliados habituales, así como por PRO, la UCR, Encuentro Federal, Innovación Federal, la Coalición Cívica y casi todos los radicales de Democracia.
Para evitar la reiterancia votaron 138 a favor, 94 en contra y 1 abstención, mientras que a favor del juicio en ausencia la diferencia fue mayor: 147 votos positivos- con 13 de Unión por la Patria- contra 68 rechazos y 9 abstenciones.

Reiterancia delictiva
El proyecto apunta a reforzar las herramientas legales para prevenir la reincidencia y la reiterancia delictiva a partir del establecimiento de criterios claros para restringir la libertad en función de los antecedentes penales y el riesgo de nuevas conductas delictivas. Define como “reincidente” a quien haya sido condenado dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena esté firme.
Busca que, al evaluar la posibilidad de otorgar la excarcelación a un imputado, los jueces consideren la existencia de múltiples causas penales en trámite como un indicio de riesgo procesal.
Es decir, si una persona está siendo investigada en varias causas por delitos que conllevan penas privativas de la libertad, esta situación podría ser interpretada como una señal de que, al recuperar su libertad, el imputado podría intentar eludir a la justicia.

Juicio en ausencia
El proyecto de ley para instaurar el juicio en ausencia en el país lo presentaron los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en las vísperas del trigésimo aniversario del atentado contra la AMIA.
Permite el juicio en ausencia para delitos graves como crímenes de lesa humanidad o terrorismo. Esta medida se aplicará cuando el acusado haya sido declarado rebelde, es decir, si, a pesar de conocer el proceso en su contra, evita comparecer, ignora los requerimientos judiciales o evade la acción de la justicia. También se contempla el juicio en ausencia cuando, tras cuatro meses de búsqueda activa a nivel nacional o internacional, no se logre localizar al imputado.
Otra circunstancia en la que se podrá recurrir al juicio en ausencia es cuando un pedido de extradición formulado por Argentina sea rechazado o quede sin respuesta dentro del plazo estipulado, siempre que el Poder Ejecutivo no haya autorizado que el acusado sea juzgado en el país requerido.
Para salvaguardar el derecho a la defensa, la normativa prevé que el juez designe un defensor oficial si el imputado no cuenta con uno propio, aunque este podrá nombrar un abogado de su confianza en cualquier momento del proceso. Además, la presencia física del acusado no será obligatoria en ninguna instancia judicial, ya que todos los derechos que le corresponden serán ejercidos en su nombre por su defensor, según lo estipula el proyecto.
El objetivo de la propuesta es garantizar la continuidad de los procesos judiciales en casos donde el imputado evade la justicia. Podría ser utilizado en la causa AMIA contra los imputados iraníes. Irán se negó a extraditar a sus ocho ciudadanos acusados por el ataque a la mutual judía.