Con el Domingo de Ramos, que tuvo lugar el pasado domingo 13 de abril, se dio comienzo a la Semana Santa, que se extenderá hasta el próximo domingo. ¿Cuáles de estos días son feriados y cuáles no?
Para muchos argentinos, Semana Santa representa una oportunidad ideal para tomarse unas mini vacaciones. La combinación entre feriados, días no laborables y el clima templado de abril la convierten en una de las semanas más esperadas del calendario.
En 2024, según datos del Ministerio de Turismo, más de 2 millones de personas viajaron por el país durante Semana Santa. ¿Qué va a pasar este año? ¿Con cuántos días se va a contar?

Feriados 2025: qué pasa con Semana Santa
Una de las consultas más recurrentes es sobre el estatus del Jueves Santo, que este año cae el 17 de abril de 2025. Según lo establece la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales y los días no laborables en Argentina, este día no es considerado feriado nacional, sino que figura como día no laborable.
¿Qué implica esto? Que la decisión de otorgar libre a los trabajadores del sector privado queda a criterio del empleador. Es decir, el trabajo es optativo para las empresas, y si el empleado presta servicios ese día, recibe el salario habitual, sin ningún tipo de recargo especial.

Aunque para el sector privado la actividad puede mantenerse, en la administración pública el panorama es distinto. Para los organismos estatales, oficinas gubernamentales y otras dependencias del Estado, el Jueves Santo es día no laborable de manera obligatoria, por lo que no se trabaja y las oficinas permanecen cerradas al público.
Este criterio también se aplica a ciertos sectores específicos, como bancos, compañías de seguros y actividades afines, que suelen regirse por disposiciones particulares que reconocen al Jueves Santo como jornada no laborable.
Por su parte, a diferencia del jueves, el Viernes Santo, que en 2025 cae el 18 de abril, sí es feriado nacional en todo el territorio argentino. Se trata de una fecha reconocida por la legislación laboral como día de descanso obligatorio.
Esto significa que:
- Si no se trabaja, corresponde igual el pago del salario.
- Si se trabaja, el pago debe ser doble, como lo indica el Artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT): “los trabajadores que presten servicios en días feriados nacionales deben cobrar el salario habitual más un monto igual adicional”.
Este tratamiento es el mismo que se aplica durante los domingos y feriados nacionales reconocidos, como el 25 de mayo, el 9 de julio o el 1° de enero.
Pascua Judía: días no laborables para quienes profesan esta fe
La Semana Santa también coincide con las celebraciones de la Pascua Judía (Pésaj), una de las festividades más significativas del calendario hebreo. En Argentina, la Ley 27.399 contempla en su Artículo 2° que estos días serán no laborables para los ciudadanos que profesen la religión judía.
En 2025, el Pésaj se celebra en dos etapas:
- Desde el sábado 12 de abril al atardecer hasta el lunes 14 al atardecer.
- Y luego desde el sábado 19 al atardecer hasta el domingo 20 al atardecer.
Durante este período, quienes observen estas fechas religiosas tienen derecho a no asistir a sus trabajos sin sufrir descuentos salariales ni perjuicios laborales. Es decir, conservan sus beneficios como si hubieran cumplido con su jornada habitual.
Qué dicen las leyes laborales sobre los feriados
La legislación argentina distingue entre feriados nacionales y días no laborables:
Feriados nacionales:
- Están regulados por la Ley 27.399.
- Son obligatorios para todos los empleadores.
- El trabajador tiene derecho a descanso pago.
- Si trabaja, debe recibir el doble de su salario diario.

Días no laborables:
- La decisión de trabajar depende del empleador, excepto en la administración pública.
- Si se trabaja, se paga salario simple.
- Si no se trabaja, no hay obligación de pagar el día, salvo que se haya pactado lo contrario en convenios o acuerdos internos.
Esta diferencia es clave para entender por qué no todos los días de Semana Santa reciben el mismo tratamiento legal y económico.