A principios de este año, más precisamente el 27 de enero, el Gobierno Nacional publicaba en el Boletín Oficial el Decreto 38/2025 por el cual establecía una baja temporal de las retenciones (Derechos de Exportación - DEX) a los principales productos agrícolas.
Firmado por Javier Milei, Luis Caputo y Guillermo Francos; el Decreto disponía que las retenciones del poroto de soja pasen de 33% a 26% y los derivados como harina, pellets y aceite, de 31% a 24,5%. Trigo, cebada, maíz y sorgo, de 12% a 9,5%; y girasol de 7% a 5,5%.
Dentro del paquete también estaba la baja temporal de los DEX para productos de economías regionales como el azúcar, el algodón, el cuero bovino y el tabaco, entre otros, que pasaban a alícuota cero.
Pero dicho Decreto tenía algo que al campo argentino le hizo recordar mucho a Sergio Massa, la "temporalidad" o "fecha de vencimiento" de la medida, ya que la baja de las alícuotas vence este lunes 30 de junio. Es decir, no era una normativa pensada para el campo argentino, para mejorar la situación financiera de los productores, sino que fue, es y será una medida netamente recaudatoria que apura la venta y liquidación de granos.

Retenciones finas
Las especulaciones previas a esta fecha de vencimiento eran sobre si el Gobierno extendería la medida más allá de junio, sobre todo pensando que la cosecha gruesa se retrasó en gran medida por las lluvias ocurridas en abril y mayo. Pero la publicación del día de hoy en el Boletín Oficial del Decreto 439/2025 pone fin a esas charlas de pasillo.
Con el anuncio de hoy, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación extendió la rebaja temporaria de los derechos de exportación para el trigo y la cebada hasta el 31 de marzo de 2026, dejando afuera a los granos gruesos.
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Cabe destacar que este anuncio además llega en un momento "delicado" para el mercado de granos, el cual reaccionó con importantes bajas para los commodities agrícolas tras el cese de fuego entre Irán e Israel, que mientras duró el conflicto había generado el efecto contrario.
Adicionalmente, el último Decreto extendió el plazo para ingresar las divisas de 15 a 30 días hábiles, bajando de 95% a 90% del total liquidado.