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Alfredo López, el juez que suspendió el aborto legal: "Lo hice para evitar que se sigan asesinando niños por nacer"

Alfredo López, el juez federal de Mar del Plata que ordenó suspender la aplicación de la ley 27.160, que determinó la legalidad del aborto, explicó su posición. En TN, el juez declaró: "Lo que yo resolví ayer es la medida cautelar que se solicita dentro del amparo para evitar que se sigan asesinando niños por nacer. Por eso hay peligro en la demora".

Además, el juez explicó su razonamiento legal: "La medida se justifica en virtud de la verosimilitud en el derecho que existe por las normas constitucionales, artículo 75 inciso 23, donde la constitución misma defiende la vida desde la concepción". Agregó: "Y los tratados internacionales que recoge el artículo 75 inciso 22, como el tratado de los Derechos del Niño y el Pacto de San José de Costa Rica, que reconocen la vida desde la concepción".

He suspendido por inaplicable la ley, los protocolos, y las resoluciones que ponen en riesgo la vida de los niños por nacer".

"En función de estas dos condiciones, verosimilitud en el derecho y peligro en la demora, he suspendido por inaplicable la ley, los protocolos, y las resoluciones que ponen en riesgo la vida de los niños por nacer" concluyó López.

El Artículo 75 de la constitución nacional dispone las responsabilidades del poder legislativo nacional. El inciso 22, al que se refiere el juez, habla de los pactos internacionales que firmó la Argentina, y les da categoría constitucional. La Constitución dicta: "Los tratados y concordados tienen jerarquía superior a las leyes". Entre estos se encuentran la Convención sobe los Derechos del Niño y el Pacto de San José de Costa Rica. El primero define como niño a "todo ser humano menor a 18 años".

Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción".

En el segundo, también conocido como la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, se define a la persona como "todo ser humano". Además, en su artículo 4, el Pacto establece: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción". Para muchos teóricos del derecho, la inclusión de "en general" en el artículo le da libertad a los países para decidir por sí mismos si el aborto es legal o no. Algunos de los países firmantes, entre ellos Uruguay y México, legalizaron el aborto aunque sea en partes de su territorio

El inciso 23 compele al congreso a, entre otras cosas, "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental".

El gobierno nacional apeló la decisión del juez. Por lo tanto, las suspensiones que dictaminó el juez no entran en efecto, y la situación se mantendrá igual, al menos por el momento.

Hasta el momento, se realizaron treinta presentaciones judiciales contra la Interrupción Legal del Embarazo, de las cuales solo 20 tuvieron respuesta.

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