La AFIP avanzó con el blanqueo laboral y reglamentó este viernes el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, con el que buscará incentivar a los empleadores para que registren a sus empleados con beneficios.
La noticia se publicó en el Boletín Oficial. La medida es parte de la reforma laboral con la que insistió Milei desde el DNU 70/2023, que prosperó recién con la Ley Bases.
Una vez reglamentada, con el Decreto 847 se creó el "Régimen del Empleo Registrado", con el que el Gobierno le dará una serie de beneficios a los empleadores, como que a quienes inscriban a sus empleados antes del 24 de diciembre de 2024 se les perdonará una parte de la deuda acumulada por no haber registrado a sus empleados en tiempo y forma.
Otro beneficio para los empleadores es que serán eliminados del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), un registro público que informa sobre las empresas sancionadas por incumplir la normativa laboral.

La reforma laboral se centra en tres puntos clave: el "blanqueo", para formalizar trabajadores no registrados; una simplificación del registro laboral; y la posibilidad de que trabajadores independientes contraten empleados sin relación de dependencia.
Los trabajadores que pasen al blanqueo adquirirán derechos como acceder a la Prestación Básica Universal para poder jubilares con aportes, pasar a tener condición de aportante para retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, y el beneficio de Prestación por Desempleo.
Los empleadores que recibirán el beneficio por blanqueo son:
- Las Micro y Pequeñas Empresas (MiPyMEs) son las más beneficiadas: tendrán una condonación del 90% de la deuda si registran a sus empleados.
- Las medianas empresas recibirán una condonación del 80% de la deuda.
- Las grandes empresas tendrán acceso a una reducción del 70% de la deuda.
Qué implica la reforma laboral del Gobierno para los empleados
- Extiende el período de prueba a 6 meses pero se podrá ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores. Alcanzará a ser de un año, 12 meses, en empresas de hasta 5 trabajadores
- Cambia indemnizaciones por un fondo de cese laboral, copiado del modelo UOCRA: es decir, el trabajador aporta todos los meses para "pagar" su despido
- El fondo de cese laboral será optativo y se determinará en los convenios colectivos de trabajo como una alternativa a las indemnizaciones. De esta forma, las empresas y los trabajadores aportan un 8 por ciento del salario a un fondo de cese laboral pese a que es posible que no exista un despido
- Quita las penas para empresas que tercerizan trabajadores. Las empresas que tercerizaban, hasta ahora, si tenían un trabajador en negro o si este era despedido, eran responsable de la situación laboral del trabajador. Con la Ley Bases, esta responsabilidad de termina
- Una empresa podrá contratar hasta cinco trabajadores sin considerarse un empleador y acogerse a un régimen especial que lo exima de responsabilidades. "El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco (3) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo nacional", dice la Ley. Para estos denominados "trabajadores independientes" se establecerá la figura del monotributo y quienes estén en esta modalidad no podrán tener más de tres trabajos en forma simultánea.
- Se podrá despedir a un trabajador que bloquee o tome un establecimiento por "injuria laboral".