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Política

Proscripción: una por una, las irregularidades de la causa por la que Cristina Kirchner irá presa

La Corte Suprema confirmó la condena contra Cristina Kirchner ¿Cuáles son las irregularidades que abonan la teoría de la proscripción?
Cristina

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 6 años de prisión contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner por los delitos de asociación ilícita y administración fraudulenta, es decir, por corrupción. Una causa que empezó hace 17 años, de una manera, y que termina de una forma muy distinta. ¿Cuáles son las irregularidades que abonan la teoría de la proscripción?

Cristina fue condenada en el marco de la causa “Vialidad”, en la que se juzgó el direccionamiento de 51 obras viales en Santa Cruz en favor del empresario Lázaro Báez, cercano a la familia Kirchner. Se trata de una casua judicial que empezó en 2008, con una denuncia en la que Cristina no figuraba. Con los años, fue modificándose hasta llegar a lo que pasó ayer.

Esa primera denuncia fue hecha por Lilita Carrió por supuesta asociación ilícita entre Néstor Kirchner (presidente entre 2003 y 2007), Julio De Vido (ministro de Planificación Federal entre 2003 y 2015) y Lázaro Báez, para enriquecerse mutuamente. La denuncia se hizo en los tribunales de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires, y la causa cayó en el juzgado de Julián Ercolini, quien se declaró incompetente.

Juez Ercolini.

Su argumento fue que correspondía que fuera la Justicia de Santa Cruz la que lo juzgue, y recién en 2013 la diputada Mariana Zuvic radicó la denuncia en la provincia patagónica. Sin embargo, como Kirchner ya había muerto, la denunciada fue su esposa, quien en ese momento ya se encontraba ejerciendo su segundo mandato como Presidenta de la Nación.

La Justicia santacruceña inició la investigación y, dos años después sobreseyó a todos los imputados porque, según el fallo, los delitos denunciados “no existieron”. En este punto la causa debería haber terminado: según el principio constitucional non bis in idem, una persona no puede ser juzgada o condenada dos veces por el mismo delito.

El macrismo y su show judicial con Cristina

Ya con Mauricio Macri en el gobierno, el director de Vialidad Javier Iguacel mandó a hacer una auditoría sobre las obras licitadas a Báez en Santa Cruz por los gobiernos anteriores. La conclusión fue que había algunos “desajustes” de precios y demás condiciones en algunas obras, pero que "no se consideraban relevantes en relación a la magnitud de las respectivas obras".

A pesar de no existir pruebas contundentes, Iguacel presentó una nueva denuncia en 2016, planteando lo contrario a lo que figuraba en la auditoría. Y a partir de acá es que todo se enturbeció: la denuncia la hizo nuevamente en Comodoro Py y cayó otra vez en el juzgado de Ercolini, quien cometió dos infracciones: no rechazó la causa por el principio non bis in idem, pero además esta vez aceptó tomarla a pesar de estar en Buenos Aires, cuando algunos años antes se había declarado incompetente. Cabe destacar, además, que la esposa del juez, Julia Kenny, era vocera de Germán Garavano, ministro de Justicia del gobierno de Macri.

Al momento de elevar a juicio, el sorteo para ver en que tribunal se iba a desarrollar se hizo a puertas cerradas, a pesar de los pedidos del abogado de Cristina Kirchner de que la defensa estuviera presente. En el supuesto sorteo sale elegido un integrado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

Jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

El proceso estuvo marcado además por una clara complicidad entre los jueces, los intereses políticos de la oposición al kirchnerismo y los medios de comunicación enfrentados con Cristina, permitiendo la transmisión de las acusaciones pero no de las defensas, eligiendo fechas de declaración que coincidían con situaciones electorales, entre otros detalles que funcionaban como mensajes de hostilidad manifiesta hacia la denunciada.

En cuanto a los argumentos para su condena, como Cristina no figuraba en la causa original, se aplicó la figura de asociación ilícita de una manera un tanto caprichosa. Básicamente se planteó como prueba de delito que "era imposible que no supiera nada" de los casos de corrupción que podían haber existido en Santa Cruz.

Cómo el juicio casi no se vio en los medios, muchos ignoraron que los planteos de la acusación fueron desestimados por falta de pruebas o por demostraciones efectivas de su falsedad. Por ejemplo, sobre la acusación de que algunas obras no habían sido realizadas, se demostró que las únicas que no se habían terminado eran las que tenían plazo de finalización para después del 2015, y fueron frenadas por el Gobierno de Macri, favoreciendo el relato de la Fiscalía.

El juez Gímenez Uriburu y el fiscal Luciani.

Sin embargo, al momento de su alegato, el fiscal Diego Luciani usó los mismos argumentos que habían sido desmentidos por los testigos o se habían probado falsos durante el juicio. Eso sí fue transmitido por todos los canales de televisión. Pero además sumó nuevas acusaciones que no habían sido tratadas anteriormente, algo que obviamente no se debería poder hacer.

Pero los jueces lo permitieron, al tiempo que le negaron a Cristina la posibilidad de contestar esas acusaciones realizadas fuera de término y demostradas como falsas. Luciani dijo que antes de dejar la presidencia Cristina viajó a Santa Cruz para reunirse con Báez y diseñar una estrategia para limpiarse, pero en la fecha que planteó para el supuesto viaje, la mandataria se encontraba en otra provincia.

Los vínculos entre jueces, fiscales y Macri

Para colmo, se concocieron vínculos personales entre jueces y fiscales de la causa con dirigentes y empresarios opositores al kirchnerismo. Por ejemplo, el juez de la causa, Rodrigo Gímenez Uriburu, compartía equipo de fútbol con el fiscal Diego Luciani, y jugaban en la quinta personal de Macri.

Cuando Cristina los recusó, fueron ratificados por la Cámara de Casación (organismo que controlaba el juicio) con los votos de Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, dos jueces que visitaban a Macri en la Quinta de Olivos para jugar al paddle.

A todo esto, los actos procesales los controla la Cámara Federal, donde está Mariano Llorens, juez que compartía equipo de fútbol con Giménez Uriburu y Luciani. En la Cámara están también Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, quienes habían sido puestos directamente por Macri en un nombramiento que, según la propia Corte Suprema, había sido ilegal.

Así llegamos a la definición de la Corte, que debería tener 5 integrantes pero hay solo 3, y que encima tienen una interna muy fuerte con denuncias gravísimas entre ellos. Corte que, además, ignoró todas las irregularidades previas de la causa y rechazó el recurso de queja que había presentado la defensa de la ex presidenta. Corte que, además, filtró el fallo a los medios opositores al kirchnerismo horas antes de que se conociera.

Todo esto no hace otra cosa que dejar en evidencia una animosidad clara contra Cristina Kirchner, quien hace años dijo que la sentencia "ya estaba escrita". Pero ya no se trata solo de ella. La pregunta es qué tan democrático es el sistema que nos rige como sociedad, donde un proceso judicial tan relevante tiene tantos elementos irregulares, y sin embargo, avanzó firme hasta el objetivo final.

El precedente que deja la condena efectiva de la dirigente peronista es que cualquier presidente o expresidente de acá en adelante puede correr con su misma suerte. Cristina Kirchner no fue condenada por actos propios, sino por no impedir los de sus subordinados. Con este precedente, todos los presidentes que hubo, y los que vendrán, deberán terminar presos por cualquier causa judicial que apenas roce a su administración.

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